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La Asociación Profesional del Cuerpo Permanente del Servicio Exterior de la Nación (APSEN) fue constituida por funcionarios diplomáticos el 26 de marzo de 1985. En julio de 1989, le fue otorgada la personería gremial por Resolución del Ministerio de Trabajo Nº 956. Al abrir este nuevo camino en la historia de la Cancillería, los fundadores de la Asociación reconocieron que el alto grado de profesionalización alcanzado por los integrantes del Servicio Exterior requería una representación gremial diferenciada que respondiera a las necesidades profesionales de aquellos. El APCPSEN se propone cumplir con ese objetivo y contribuir con iniciativas concretas al desarrollo de una Cancillería moderna, eficiente, capaz de utilizar racionalmente los recursos disponibles y cuya estructura organizativa sea apta para enfrentar los desafíos que plantean las relaciones de la Argentina con el mundo actual. Un nuevo camino en la historia de la Cancillería
Una Cancillería moderna, eficiente y con una estructura organizativa apta para enfrentar los desafíos que plantean las relaciones de la Argentina con el mundo actual. Objetivos del APSEN Los objetivos del APSEN se encuentran descriptos en el Art. 4º de su Estatuto y son los siguientes: -
Representar y defender los intereses profesionales, económicos y asistenciales de los miembros del Cuerpo Permanente del Servicio Exterior de la Nación, y asegurar la estabilidad de los mismos en el desempeño de sus funciones. -
Velar por el fiel cumplimiento del Estatuto, la Ley Orgánica del Servicio Exterior de la Nación y su Reglamentación. -
Proveer a la defensa individual o colectiva de sus afiliados cuando sus derechos hayan sido vulnerados, ateniéndose a lo previsto en este Estatuto, en la Ley Orgánica del Servicio Exterior de la Nación, en su Reglamentación y disposiciones concordantes. -
Entender, como parte interesada, en todo eventual proyecto de reforma de la legislación vigente que regule la actividad del Servicio Exterior de la Nación y en las resoluciones o decisiones internas que puedan alterar la referida normativa. -
Promover propuestas que tiendan a consolidar la profesionalización del Servicio Exterior de la Nación. -
Afianzar al Instituto del Servicio Exterior de la Nación como la institución apta para realizar la selección y la formación diplomática de los aspirantes a ingresar al Servicio Exterior de la Nación, y el perfeccionamiento profesional de los miembros del Cuerpo Permanente. -
Colaborar con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, mediante propuestas concretas, en el desarrollo de la política exterior de la Nación así como en la optimización del funcionamiento de la Cancillería. -
Consolidar y extender el espíritu de cuerpo entre sus afiliados. -
Alentar una amplia representatividad federal en el ingreso al Instituto de Servicio Exterior de la Nación. -
Impulsar la elaboración de un Código de Ética Profesional para el Servicio Exterior de la Nación. -
Asegurar un sistema adecuado de protección asistencial para el funcionario y su familia. -
Fomentar la realización de actividades culturales, sociales y recreativas que contribuyan a elevar la calidad de vida del funcionario y su familia. -
Promover el mejor conocimiento del Cuerpo Permanente del Servicio Exterior y de sus actividades por parte de la opinión pública. -
Establecer relaciones con Asociaciones Profesionales nacionales y organizaciones similares extranjeras para el intercambio de experiencias e información. En defensa de los intereses del Servicio Exterior La Asociación desarrolla una firme defensa de la estabilidad y profesionalización de la carrera diplomática, particularmente cuando en diversos ámbitos surgen iniciativas para menoscabar aquellas en detrimento de la eficiencia y eficacia del Servicio Exterior. En repetidas ocasiones la Asociación ha defendido los intereses de los integrantes del Cuerpo Permanente del Servicio Exterior, exigiendo el respeto a la Ley del Servicio Exterior de la Nación. Esta actividad encontró, incluso, eco en los diversos medios de comunicación nacionales, y es un objetivo de la Asociación seguir teniéndolo. En cuanto al Código de Ética, este objetivo ya fue alcanzado, habiendo sido aprobado por la Asamblea Plenaria de la Asociación del 17 de diciembre de 1999. Una vez celebrada la correspondiente elección de los candidatos, estos asumieron sus cargos en el Tribunal de Ética, sesionando desde entonces hasta la fecha en forma continua. El APCPSEN brinda también facilidades y servicios orientadas a elevar la calidad de vida de sus afiliados. El Servicio Exterior de la Nación El Servicio Exterior de la Nación es “la organización fundamental del Estado para el desarrollo de sus relaciones con la comunidad internacional”. Así lo define la Ley 20.957, promulgada el 5 de junio de 1975, en la que también se establece que es “el instrumento de ejecución de la política exterior nacional”. Su objetivo consiste en contribuir al relacionamiento de la Argentina con el mundo, bajo los lineamientos de política exterior trazados por el Poder Ejecutivo Nacional. Para llevar adelante una política exterior coherente y eficaz, debe procurarse un empleo eficiente, así como un desarrollo simultáneo de los recursos políticos, humanos, técnicos, económicos y financieros, contando en primer lugar con un cuerpo de funcionarios suficientemente idóneo y eficiente para utilizar esos recursos en forma adecuada. Además, dicho cuerpo de funcionarios deberá gozar de la necesaria estabilidad en su profesión, a fin de asegurar la continuidad de la política exterior a lo largo de los años. La labor que desplieguen deberá inscribirse en un esquema organizativo y de gestión capaz de responder a los requerimientos que plantea la política exterior y contar, también, con el apoyo de un equipo técnico adecuado. De allí la necesidad de que la política institucional de la Cancillería referida a los distintos recursos y en particular al personal -que sin duda es el más relevante en una organización que presta servicios- sea enfocada y tratada dentro del contexto más amplio que plantea la ejecución de la política exterior nacional definida por la Ley del Servicio Exterior. El funcionamiento continuo del Instituto del Servicio Exterior de la Nación ha permitido contar actualmente con un cuerpo profesional altamente calificado. Una mayor estabilidad de los funcionarios en los cargos tiende a aumentar la coherencia y la continuidad de la política exterior a lo largo de los años. La tarea del diplomático exige profesionales de gran idoneidad, capaces de trabajar en equipo. El funcionario del Servicio Exterior La carrera diplomática está reglada por la Ley Nº 20.957 del 22 de mayo de 1975, publicada en el Boletín Oficial el 16 de junio del mismo año y por su Decreto Reglamentario Nº 1973/86 y modificatorios. Dicha Ley es de fundamental importancia, ya que consagra las exigencias de profesionalidad, honorabilidad y dedicación exclusiva -con excepción de las actividades de naturaleza académica- como características insoslayables del Servicio Exterior de la Nación, señalando al mismo tiempo pautas de transparencia y continuo perfeccionamiento para el funcionamiento del Cuerpo Diplomático, tanto en lo que concierne a las personas de sus integrantes como al servicio que prestan al Estado. En su Artículo 2º, al determinar quiénes integran el Servicio Exterior de la Nación, introduce el concepto del “estado diplomático”, que está directamente relacionado con la expresión “Cuerpo Permanente” del SEN. En efecto, los diplomáticos de carrera son tales ya sea cuando se encuentran en actividad o cuando se hallan en estado “pasivo”, es decir, cuando se han acogido a la jubilación. Un integrante “pasivo” del SEN puede ser convocado para reingresar al cuerpo “activo” y prestar funciones tanto en el país como en el exterior. De hecho, existen numerosos ejemplos de ello en el SEN y en los servicios exteriores de otros países. Además, el compromiso de guardar reserva con relación a la información confidencial se extiende, incluso, a los diplomáticos retirados. Al egresar del Instituto del Servicio Exterior de la Nación como Secretario de Embajada y Cónsul de Tercera Clase, se adquiere el “estado o condición diplomática” y las responsabilidades que entraña se conservan de por vida; tampoco cesan con la jubilación o retiro. Por otra parte, en ese mismo Artículo 2º se distingue entre esos funcionarios con “estado diplomático” -o diplomáticos de carrera- y aquellos que ejercen transitoriamente la función diplomática: Agregados laborales, especializados y funcionarios designados conforme al Artículo 5º de la misma Ley (los llamados “Embajadores políticos”). Los nombramientos de los “Embajadores políticos” nacen de una facultad “extraordinaria” del Poder Ejecutivo Nacional que sólo se puede aplicar “excepcionalmente”. Según el artículo 5º de la Ley 20.957: “Se podrá designar excepcionalmente embajadores extraordinarios y plenipotenciarios a personas que, no perteneciendo al Servicio Exterior de la Nación, posean condiciones relevantes. Dicho nombramiento se considera extendido por el tiempo que dure el mandato del Presidente de la Nación que lo haya efectuado”. En consecuencia, los Embajadores “Artículo 5º” pierden su calidad de tales una vez concluidas sus misiones o funciones dentro de la Cancillería y, por ende, no integran el Cuerpo Permanente del SEN. Sólo pueden ser designados como Embajadores “políticos” los ciudadanos argentinos que disfruten del pleno goce de los derechos civiles y políticos, que tengan una conducta honorable tanto pública como privada, cuya conducta económica sea ordenada e inobjetable, con condiciones -tanto de los funcionarios a ser designados como de sus cónyuges- psicofísicas y de cultura social adecuadas y que cuenten con el correspondiente acuerdo del Honorable Senado de la Nación. El Cuerpo Permanente se compone actualmente de 908 funcionarios - 192 de ellos, mujeres- que pertenecen a las siete categorías o “rangos” contemplados en la Ley: - Embajador Extraordinario y Plenipotenciario
- Ministro Plenipotenciario de Primera Clase
- Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase
- Consejero de Embajada y Cónsul General
- Secretario de Embajada y Cónsul de Primera Clase
- Secretario de Embajada y Cónsul de Segunda Clase
- Secretario de Embajada y Cónsul de Tercera Clase
La carrera diplomática Como surge de las categorías establecidas, se trata de una carrera escalonada y jerárquica. Por otra parte, el diplomático argentino, a diferencia de lo que ocurre en otros servicios exteriores con carreras consulares separadas, está capacitado y obligado a ejercer tanto funciones estrictamente diplomáticas (en una Embajada o en la diplomacia multilateral) como funciones consulares. Un sistema de capacitación continua Dado la complejidad y rapidez de los cambios en la escena internacional, este ámbito de actividad requiere un nivel de capacitación, entrenamiento y profesionalismo cada vez más elevado, a fin de que el país no adopte decisiones improvisadas o incorrectas que puedan ser irreparables o demanden plazos muy largos para subsanarse. En el marco de esa capacitación, el diplomático debe estar en condiciones de tratar una multiplicidad de temas que lo obligan, frecuentemente, a contar con asesoramiento técnico especializado de otras áreas del Estado, al mismo tiempo que debe contemplar los intereses tanto del sector público como del privado. En consecuencia, su tarea también le exige la especial capacidad de trabajar en equipo. Como respuesta a esas exigencias existe un régimen de incorporación por concurso público y un sistema de capacitación constante del Cuerpo Permanente del Servicio Exterior. La base institucional de la profesión diplomática data de 1963, cuando se fundó el Instituto del Servicio Exterior de la Nación (ISEN), el cual garantiza el ingreso a la carrera por concurso, la formación de los futuros diplomáticos y la capacitación de los funcionarios egresados del mismo. A lo largo de cuarenta años, el ISEN ha garantizado la constitución y continuidad de un cuerpo profesional de funcionarios del Servicio Exterior de la Nación, que está a la altura de los desafíos que ha planteado la realidad internacional a la política exterior de nuestro país. Como ha dicho un ex Canciller, refiriéndose al cuerpo profesional del Servicio Exterior, éste “constituye una verdadera tecnocracia vertebrada”. En consecuencia, la naturaleza y el destino del funcionario diplomático argentino y del Instituto del Servicio Exterior de la Nación se encuentran intrínsecamente ligados y esa relación no podrá ser desarticulada sin desmedro de la defensa de los intereses de la Nación. El Instituto del Servicio Exterior de la Nación (ISEN) El ingreso a la carrera diplomática se realiza exclusivamente a través del Instituto del Servicio Exterior de la Nación (ISEN), único organismo de selección, capacitación e incorporación de profesionales de todo el país al Servicio Exterior de la Nación. Con ese fin, desde hace cuarenta años el Instituto realiza un Concurso Público de Ingreso para cubrir las vacantes previamente determinadas por la Cancillería Argentina. Los requisitos para ingresar al Instituto del Servicio Exterior de la Nación son: - Ser argentino nativo o por opción.
- Tener entre 21 y 35 años de edad al 15 de noviembre del año de llamado a Concurso.
- Poseer título universitario de validez nacional en todas las carreras que tengan afinidad o vínculo con las actividades desarrolladas en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, con un plan de estudios no inferior a los cuatro años y en cualquiera de sus grados: Profesorado, Licenciatura, Maestría o Doctorado. Se consideran afines todos aquellos títulos universitarios que correspondan a disciplinas que se encuentran dentro del ámbito de: las Ciencias Políticas, las Relaciones Internacionales, las Ciencias Económicas, el Derecho, las Ciencias Sociales y las carreras humanísticas. También se han admitido profesionales de otras áreas académicas.
- Conocimiento del idioma inglés. Se exige como mínimo un certificado «TOEFL» de 550 puntos o su equivalente de 213 puntos en el sistema informatizado o los niveles del Sistema Cambridge «First Certificate», «Advanced» o «Proficiency». Los certificados mencionados no podrán tener una antigüedad mayor a tres años.
- Tener pleno goce de los derechos civiles y políticos y no padecer ninguna dolencia que lo inhabilite para el servicio diplomático.
- No haber sido aplazado en dos oportunidades en anteriores Concursos de Ingreso al ISEN.
Una carrera abierta a todos los jóvenes profesionales con espíritu de servicio Antiguamente el acceso a la función diplomática estaba restringido a jóvenes provenientes de familias tradicionales o de altos ingresos. Hoy la carrera está abierta a todos los jóvenes profesionales con espíritu de servicio, sin consideraciones sobre su sexo, raza, condición social o religión. Se privilegia, asimismo, la federalización del Servicio Exterior mediante la puesta en práctica de mecanismos que faciliten la presentación de aspirantes de todo el país a los concursos de ingreso al ISEN. Los profesionales seleccionados a través del concurso público, organizado por el ISEN, ingresan a dicho Instituto en calidad de aspirantes becarios de la Carrera Diplomática con una beca para su mantenimiento. Realizan estudios en las áreas de Economía, Comercio Exterior, Relaciones Internacionales y Derecho Internacional por un período de dos años, complementándose los mismos con idiomas extranjeros (inglés en caso de que sea aconsejable elevar el nivel de manejo de la lengua; portugués y un tercer idioma, que generalmente es elegido entre el francés, alemán, italiano, ruso o árabe) y materias afines a la práctica diplomática. Además, asisten a seminarios y encuentros relativos a temas específicos de actualidad internacional. Los aspirantes efectúan asimismo experiencias en diversas áreas de la Cancillería y participan en ejercicios de negociación, juegos de resolución de crisis y otras experiencias que contribuyen a su capacitación práctica anterior al inicio de sus funciones en la Cancillería. Concluido el período de dos años de formación y habiendo aprobado la totalidad de los exámenes y trabajos requeridos, los aspirantes son incorporados como Secretarios de Embajada y Cónsules de Tercera Clase al Cuerpo Permanente Activo del Servicio Exterior de la Nación. La primera promoción de diplomáticos egresó del ISEN en 1964 y la última, la 38ª promoción, lo hizo en diciembre de 2004. A lo largo de esos años egresaron del Instituto 845 funcionarios. Capacitación de los funcionarios del Cuerpo Permanente Como se señalara anteriormente, además del papel central que le cabe en materia de ingreso al Servicio Exterior, el ISEN cumple también una importante función relacionada con la capacitación de los funcionarios del Cuerpo Permanente. Esta capacitación consiste no sólo en un conocimiento actualizado del acontecer internacional, sino también en un seguimiento atento del devenir político, socio-económico y cultural de su propio país, con el objeto de difundir una imagen real del mismo. Esto supone también un estrecho contacto con las restantes reparticiones del Estado Nacional y de los Gobiernos Provinciales, así como con los diversos agentes del quehacer nacional. Asimismo, el Instituto mantiene intercambios y relaciones con instituciones similares de otros países y, especialmente, los del Mercosur. El funcionario del SEN cuenta con una preparación que incluye estudios universitarios completos, el manejo de por lo menos dos idiomas extranjeros y una formación cultural que, en general, excede la del común de los profesionales graduados de las universidades argentinas. Funciones de los miembros del Servicio Exterior Según la Ley 20.957 (Art. 20º), son funciones de los integrantes del Servicio Exterior de la Nación: a) Representar a la Nación. b) Promover los intereses de la República en la comunidad internacional, sostener los derechos que le acuerdan los tratados, costumbres y usos internacionales, velar por su prestigio, fomentar sus relaciones políticas, económicas, culturales y sociales y difundir su conocimiento con arreglo a las orientaciones y directivas emanadas del superior gobierno de la Nación. c) Cuando estén a cargo de oficinas o secciones consulares, autorizar todos los actos jurídicos que según las leyes de la Nación correspondieren a los escribanos públicos y registrar todos los actos y hechos que alteren o modifiquen el estado civil de las personas, para su posterior inscripción en los registros de la República, de acuerdo con las normas legales pertinentes. d) Sin perjuicio de dichas facultades, están autorizados en caso de urgencia, a tomar juramentos o declaraciones de testigos residentes dentro de la jurisdicción de la misión diplomática, así como a autenticar cualquier acto notarial con las formalidades y condiciones exigidas por las leyes de la Nación para la validez de los instrumentos públicos. Obligaciones Los funcionarios diplomáticos también están obligados a prestar juramento de fidelidad a la Nación y a la Constitución Nacional; desempeñar las misiones o funciones que les encomiende el Poder Ejecutivo, ya sea en la Cancillería o en las representaciones diplomáticas o consulares -sin posibilidad de excusarse, salvo en casos en que existan motivos de salud justificados-; defender el prestigio, la dignidad y los intereses de la Nación; informar sobre los diversos aspectos del Estado ante el cual están acreditados; atender los intereses de sus connacionales de acuerdo con las normas pertinentes; preservar la inviolabilidad de toda documentación reservada, secreta y confidencial; guardar absoluta reserva de las cuestiones de carácter confidencial o secreto que conozcan en razón de sus funciones, aun cuando dejen de pertenecer al Servicio Exterior; respetar el orden jurídico y las costumbres vigentes en el lugar de destino; observar una conducta pública y privada ajustada a la más estricta honorabilidad en su actuación social y económica; y solicitar autorización del Ministerio para contraer matrimonio (Artículo 21º de la Ley 20957). Promoción La Ley y su reglamentación establecen estrictos criterios, de antigüedad y méritos, para la promoción anual de los funcionarios a las sucesivas categorías, que componen la escala jerárquica de la carrera, siendo el servicio exterior argentino uno de los pocos -quizás el único- en el que se exige acuerdo del Honorable Senado de la Nación para el ascenso a las categorías superiores de la carrera (Ministros de Segunda y Primera Clase y Embajador). Traslados Está reglamentado asimismo el sistema de traslados de los funcionarios al exterior, para cumplir funciones -indistintamente- en Embajadas bilaterales, Misiones ante organismos regionales o internacionales (diplomacia multilateral) o Consulados y Centros de Promoción Comercial. En torno a la especialización Otra característica de nuestro servicio exterior es la de propiciar una adecuada especialización. Tradicionalmente se ha discutido sobre el grado de especialización que debería tener un diplomático, debate que es común a los servicios exteriores de todos los países del mundo. Los generalistas a ultranza aducen que un diplomático de carrera debería estar preparado para ocupar cualquier puesto, en cualquier lugar del mundo y en cualquier circunstancia. Los partidarios de la especialización alegan que la creciente complejidad de la agenda internacional exige la especialización del diplomático, para permitirle profundizar en las materias de las que se ocupe. Hay servicios exteriores que practican criterios de “especialización dura” por materias, otros tienden a una especialización por regiones o por idiomas de trabajo; en otros casos se distingue entre los diplomáticos bilateralistas o multilateralistas y hay, también, una práctica bastante generalizada de formar diplomáticos en el área política y otros en el área económica. En el caso de la Argentina, nuestros diplomáticos pueden cumplir funciones de índole consular, política o económica, en forma indistinta. Sin embargo, se advierte una tendencia a la especialización en temas políticos, económicos o consulares, aunque no es infrecuente que algunos funcionarios cambien de una temática a otra, por lo menos una vez en su carrera. La Ley 20.957 establece la rotación de funciones entre la Cancillería y el exterior, indicando que los funcionarios de las primeras categorías en la escala jerárquica (desde el ingreso a la carrera hasta el grado de Consejero de Embajada), deberán prestar funciones en forma alternada en la República y en el exterior, por períodos mínimos de dos años en el país y cuatro años en el exterior y máximos de seis años en ambos casos. Destinos de régimen especial La reglamentación de la Ley indica que ningún funcionario -con excepción de las categorías más altas- que en su última salida al exterior haya prestado funciones en un destino de “régimen especial”, podrá ser trasladado contra su voluntad a un puesto de la misma clase en su próxima salida al exterior. Se consideran destinos de “régimen especial” aquellos que por sus condiciones de vida, de salubridad, de acceso a la educación o por sus circunstancias políticas (situación de guerra, por ejemplo), puedan ser considerados peligrosos o insalubres. En estos casos, la permanencia del funcionario en dichos puestos no debe exceder un plazo de dos años. Desempeño de funciones en el exterior Conviene destacar la diversidad entre la labor que el funcionario debe prestar en la Cancillería en Buenos Aires y la que despliega en el desempeño de funciones en una misión o representación consular en el exterior. En el último caso, al conocimiento detallado de los temas de su responsabilidad debe agregar una alta capacidad de relacionamiento, dominio de un idioma que le permita ya sea insertarse en ámbitos de relevancia de la sociedad local o participar de negociaciones bilaterales o multilaterales, además de una facilidad especial para adaptarse a costumbres muchas veces totalmente diferentes a las de su propio país. Esta necesidad de adaptación, la dedicación exclusiva que se exige y el estado diplomático que detentan los funcionarios de carrera, aun después de retirados o jubilados, explican el grado de incidencia de la función diplomática en la vida personal y familiar del funcionario. La primera condición adversa que deben superar los diplomáticos -y en caso de estar casados, el núcleo familiar que lo acompañe- es la del “desarraigo”. Desarraigo del lugar en el que viven, de sus parientes directos, sus amigos y conocidos y, en fin, de las costumbres y hábitos en los que se han criado. Asimismo cabe mencionar la pérdida de familiares en ausencia, que es un hecho que sucede en repetidas ocasiones. Tanto para el desempeño de sus funciones como para su propia salud física y mental y la de sus familiares que compartan el destino asignado, resulta imprescindible que esa capacidad de adaptación del funcionario sea compartida también por su grupo familiar. En el exterior, las restricciones laborales vigentes para el funcionario diplomático rigen también para su cónyuge, salvo acuerdos especiales. Para paliar este problema en un mundo en el que hombres y mujeres consideran el trabajo como una forma de realización personal y que la realidad económica impone, en general, la necesidad de contar con los ingresos de los dos miembros del matrimonio, muchos Servicios Exteriores han adoptado la práctica de firmar esos convenios entre Estados que permitan el trabajo de los cónyuges de diplomáticos, siempre bajo ciertas condiciones. La República Argentina ha celebrado hasta el presente veintiséis (26) convenios de este tipo, en su mayoría con países del continente americano y algunos europeos. Otro aspecto de fundamental importancia es la educación de los hijos y, eventualmente, la posibilidad de una separación temprana para permitir su desarrollo educativo. La rotación de destinos impone la necesidad de educar a los hijos en un sistema educativo determinado (anglo-americano, francés o alemán, debido a que sólo esos sistemas garantizan la presencia de instituciones educativas en todo el mundo). Esta elección crea un serio problema por cuanto, al regresar al país, los funcionarios no están, en su inmensa mayoría, en condiciones de financiar la continuidad de sus hijos en el sistema elegido mientras permanezcan en la Argentina dado que son colegios privados pagos y muy costosos. Es más, obliga, muchas veces, a dejarlos en el país de origen o de destino para permitir la conclusión de un ciclo escolar o una carrera determinados. Remuneraciones En la actualidad la Argentina paga a su personal diplomático y consular ubicado en el exterior un salario fijado de acuerdo con un cálculo que incluye su sueldo básico en la Argentina y el pago adicional de una cantidad de dinero que cubre la diferencia entre el costo de vida en dólares en la Argentina y el que existe en el país al cual fue transferido y que exceda el sueldo básico en dólares que percibe en Argentina. Esta diferencia se mide bajo la forma de coeficientes para cada país, coeficientes que se basan parcialmente en los elaborados por Naciones Unidas, organización que los actualiza periódicamente. Al respecto, cabe aclarar que el sistema de remuneraciones de la ONU no es aplicado en su totalidad, por cuanto -a diferencia del sistema de la ONU- el diplomático argentino recibe un salario global, con el cual debe abonar los gastos por vivienda, excepto en las trece ciudades en las que se establece un subsidio de vivienda por el elevado costo de los alquileres. Asimismo, el funcionario debe cubrir con esa suma global absolutamente todos sus gastos: la adquisición de automóvil y su mantenimiento, la escolaridad de sus hijos, gastos de representación que excedan un porcentaje mínimo de la partida asignada a la Embajada o Consulado General, y los viajes que realice a la República y que no estén contemplados por el Artículo 73 (b) de la Ley del SEN, sobre la Licencia Extraordinaria, -que puede ser usufructuada sólo después de tres años de estadía en el exterior en cumplimiento de funciones. Respecto de esta última, cabe señalar que, actualmente, el funcionario debe abonar los costos del viaje a la República y esperar pacientemente su reembolso. Como se comprenderá, ello obliga a funcionarios de baja jerarquía con familias numerosas a desistir del usufructo de dicha licencia. Gastos médicos La Cancillería reembolsa la casi totalidad de los gastos incurridos, aunque son comunes demoras de hasta tres años. Por esta razón, numerosos funcionarios prefieren abonar un seguro médico de su propio bolsillo para cubrir la posibilidad de una intervención de alto costo que no podrían afrontar de otro modo. Ese seguro no es reembolsado por la Cancillería. Contrasta esta situación con la de numerosos países en vías de desarrollo, que ofrecen subsidios de diversa índole para sus funcionarios diplomáticos, tendientes a asegurar el mantenimiento de un nivel de vida acorde con sus funciones, garantizar la asistencia médica del núcleo familiar, la escolaridad en un sistema internacional de sus hijos y, en algunos casos, ofrecer, ya sea a los funcionarios o a sus familiares, la oportunidad de visitar regularmente sus países de origen. Perfil del diplomático argentino El profesional argentino, en muchos casos, ha ingresado a la carrera luego de grandes sacrificios impuestos por la distancia que separa a Buenos Aires de la provincia de la cual es originario, ha realizado estudios especializados antes de ingresar a la carrera y ha seguido especializándose una vez en ella. Vive exclusivamente de su trabajo y tiene en su experiencia profesional muchas más horas de oficina y de reuniones de negociación que de cócteles y reuniones sociales a las que debe asistir y que también forman parte de su trabajo. Es más, los diplomáticos argentinos de hoy -al igual que los colegas de otros países- asumen esta dimensión social de su carrera como una obligación -cuando no como un tormento-, la cual resulta ineludible en el contexto de su desempeño profesional. Los antiguos “días de vino y rosas” se han transformado hoy en días de computadoras, desplazamientos profesionales y extendidos horarios de trabajo a los cuales se agregan obligaciones sociales al final del día. Sin duda, la carrera del Servicio Exterior de la Nación plantea un desafío poco común al que los funcionarios sólo pueden responder mediante un alto compromiso con la República y sus compatriotas, alta profesionalidad en el cumplimiento de sus responsabilidades y una disposición a sacrificar aspectos de la vida personal y de su familia que la mayoría de sus conciudadanos no están dispuestos a asumir. Esa profesionalidad, dedicación y compromiso con su labor explican que, a solicitud de diversos organismos nacionales y gobiernos provinciales, la Cancillería haya puesto a su disposición funcionarios diplomáticos argentinos para realizar las más diversas tareas, desde las responsabilidades de Secretario o Subsecretario de Estado, hasta las de asesoramiento en materia económica-comercial internacional, jurídica, de protocolo y ceremonial, etc. Asimismo, organismos internacionales han absorbido funcionarios del SEN para desempeñarse en las funciones más diversas. Por último, empresas argentinas de primer nivel -orientadas a la exportación- también han recabado la colaboración de funcionarios diplomáticos argentinos para trabajar en temas relativos al comercio exterior y las relaciones institucionales. Esta articulación entre el sector privado y la Cancillería se inició a mediados de 2002 en el marco del Programa de Desarrollo del Comercio Exterior. Cómo opera la Cancillería Argentina La política exterior es una de las funciones indeclinables del Estado. La representación, promoción y defensa de los intereses nacionales ante Gobiernos extranjeros y foros o entidades regionales e internacionales y la protección de sus ciudadanos en el exterior, son los elementos fundamentales de la política exterior de un país. El principio rector de la política exterior es la promoción y defensa del interés nacional y, como tal, debe ser el único criterio para determinar el diseño y la continuidad de la política exterior de un Estado, con independencia de consideraciones ideológicas o partidistas. Los lineamientos generales de la política exterior son formulados por los partidos políticos en sus respectivas plataformas electorales y se ajustan, en general, a los intereses nacionales de largo plazo de la República Argentina. Una vez que un partido asume democráticamente el poder, esos lineamientos se convierten en parámetros de acción del Poder Ejecutivo Nacional para la elaboración y puesta en práctica de la política exterior por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, también conocido como la Cancillería Argentina. La estructura del Ministerio presenta la particularidad, propia de sus funciones, de contar con una estructura local, sede del organismo, y una red de representaciones diplomáticas y consulares en el exterior. Ello tiene implicancias directas para el financiamiento de su actividad, en la medida en que un alto porcentaje de las erogaciones debe realizarse en moneda extranjera, restando flexibilidad a los esfuerzos de racionamiento de gastos que se deseen realizar. El nombre actual del Ministerio responde a la pluralidad de funciones que se ejercen desde su ámbito y que abarcan desde la ejecución de la política exterior del país y la representación protocolar del Estado hasta la promoción de sus intereses económicos y comerciales, la asistencia consular a los nacionales argentinos en el exterior o las relaciones con cultos en la República Argentina. Estructura En la actual estructura del Ministerio, dependen del Canciller tres Secretarías de Estado: la Secretaría de Relaciones Exteriores, la Secretaría de Relaciones Económicas Internacionales y la Secretaría de Culto; el Instituto del Servicio Exterior de la Nación (ISEN), la Dirección Nacional de Ceremonial y la Dirección General de Consejería Legal. De la Secretaría de Relaciones Exteriores, responsable de la ejecución de la política exterior argentina en su faz netamente política y cultural, dependen funcionalmente la Subsecretaría de Política Exterior, que atiende las relaciones políticas de Argentina con el mundo, tanto en el nivel bilateral como multilateral; y la Subsecretaría de Política Latinoamericana, en cuyo ámbito recaen las relaciones con los países y organismos regionales y subregionales del continente sudamericano y el istmo centro-americano. De esta Secretaría dependen asimismo la Subsecretaría de Coordinación, que se ocupa de las cuestiones administrativas y de personal del Ministerio, la Subsecretaría de Relaciones Institucionales, que oficia de enlace con otros organismos del Estado, el Congreso Nacional y los Gobiernos provinciales, la Dirección General de Asuntos Culturales y la Dirección General de Asuntos Consulares. Esta última, conjuntamente con la red de Consulados Generales, Consulados y Secciones Consulares de Embajadas de la República Argentina, es responsable de los trámites de índole migratoria que se realizan en dichas representaciones, funciones notariales y la asistencia a los ciudadanos argentinos en el exterior -incluidos, por ejemplo, el suministro de documentación emitida por el Registro Nacional de las Personas, la gestión de trámites para la obtención de la ciudadanía por opción para sus hijos y la asistencia a aquellos ciudadanos que se encuentren en prisión. La Secretaría de Relaciones Económicas Internacionales es responsable de la ejecución de la política exterior en su faz económico-comercial, tanto en el nivel bilateral como multilateral y cuenta con las Subsecretarías de Integración Económica Americana y Mercosur y la de Comercio Internacional. En la esfera multilateral, está a cargo de las negociaciones en la Organización Mundial de Comercio (OMC), las relativas al Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA), las que se desarrollan en la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), en el Mercado Común de Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y los países asociados de Bolivia y Chile y con la Unión Europea. En el orden bilateral, negocia acuerdos con otros países a fin de facilitar el flujo comercial y de inversiones. Cabe destacar que el punto de partida para las negociaciones, tanto multilaterales como bilaterales lo constituyen los intereses y la posición que nuestro país defiende en su condición de integrante del Mercosur. En consecuencia, la Argentina coordina en todo momento su accionar con sus demás socios del Mercado Común en los foros multilaterales, teniendo también en cuenta dicha posición a la hora de negociar bilateralmente acuerdos de libre comercio. Relaciones con otros organismos La complejidad de las relaciones internacionales, en sus dimensiones política, económica, cultural, consular y religiosa, explica que la Cancillería y sus funcionarios hayan desarrollado una disposición y actitudes especiales, orientadas al trabajo en equipo junto con otros organismos de los gobiernos nacional y provinciales. Sin el asesoramiento técnico de estos últimos no podría, en muchos casos, cumplir su labor de defender los intereses nacionales en la arena internacional. Representaciones Diplomáticas y Consulares La red de Representaciones Diplomáticas y Consulares argentina, a través de la cual se desarrolla la actividad del Ministerio en el exterior, está compuesta por 77 Embajadas, 7 Representaciones ante Organismos Internacionales, 24 Consulados Generales, 20 Consulados y 7 Centros de Promoción Comercial. Participación en el presupuesto nacional Debe destacarse el impacto presupuestario de la ejecución de la política exterior: el Ministerio de Relaciones Exteriores es el que tiene el índice más bajo de participación en el presupuesto nacional. La asignación de recursos a las Embajadas y otras Representaciones, en las diferentes partidas presupuestarias de sostenimiento, de representación y salariales (tanto para el personal diplomático como administrativo y personal local), se efectúa teniendo en cuenta el diferente costo de vida de cada país y en todos los casos en divisa extranjera, utilizando el dólar estadounidense como parámetro. La presente situación económica argentina ha agravado esta situación: los gastos en el exterior girados en dólares componen el 60% del presupuesto de la Cancillería, de por sí exiguo. A esto debe agregarse la consideración de las cuotas a los organismos internacionales que insumen una buena parte de dicho porcentaje, cuyo aporte resulta esencial para la participación con voto en los mismos. Para ilustrar el porcentaje que representa el presupuesto del Ministerio sobre el total del Presupuesto Nacional y el impacto que representó la devaluación del año 2002, se transcribe a continuación un cuadro que muestra la evolución de dicha participación en los años 1998 a 2004. | AÑO | TOTAL (en millones de $) | MRECIC (en millones de $) | PORCENTAJE | | 1998 | 48.278,8 | 301,9 | 0,63 | | 1999 | 49.299,4 | 290,6 | 0,59 | | 2000 | 49.159,8 | 265,5 | 0,54 | | 2001 | 51.232,4 | 292,1 | 0,57 | | 2002 (*) | 42.844,5 | 302,2 | 0,71 | | 2003 | 66.173,0 | 647,1 | 0,98 | | 2004 | 59.708,6 | 630,3 | 1,06 | | 2005 | 77.530,8 | 738,2 | 0,95 | | 2006 | 93.702,4 | 842,9 | 0,90 | | 2007 | 113.221,4 | 1.018,9 | 0,90 | FUENTE: Página web del Ministerio de Economía y Producción. (*) El presupuesto indicado para el año 2002 es el que corresponde a la Ley de Presupuesto aprobada por el Congreso de la Nación. Sin embargo, la devaluación del peso obligó a ampliar la ejecución del mismo para hacer frente a gastos ineludibles en monedas extranjeras. Esto último afectó especialmente a la Cancillería Argentina por las razones mencionadas anteriormente. En definitiva, la ejecución del Presupuesto fue la siguiente: Total del Presupuesto Nacional: $ 47.342,4; Cancillería: $ 502,6; porcentaje: 1,06%. En materia de presupuesto, también conviene hacer algunas consideraciones adicionales respecto de la situación salarial del cuerpo diplomático. En un mundo altamente competitivo y con una gran expansión de la empresa privada en el ámbito internacional, el Estado debe mantener y proteger sus recursos humanos, especialmente en un área de servicio estatal en el que el elemento humano es la herramienta indispensable para la consecución de los objetivos nacionales. El Cuerpo Permanente del Servicio Exterior es el único cuerpo civil profesional y especializado al servicio del Estado y, por lo tanto, merece el reconocimiento de autoridades y funcionarios de organismos nacionales, provinciales e internacionales. No obstante, los profesionales que integran el Servicio Exterior argentino perciben una retribución moderada en comparación con el resto de los servicios exteriores, e incluso inferior a la media de los servicios exteriores de los países latinoamericanos. Al respecto, desde la institucionalización del Servicio Exterior de la Nación y, más aún, desde la entrada en vigencia de la Ley del Servicio Exterior y su Decreto Reglamentario, la Cancillería ha sido conciente de la importancia de contar con un cuerpo de profesionales capaz de enfrentar los desafíos que plantea la inserción de la República Argentina en el ámbito internacional. Los gobiernos que se han sucedido en el poder, particularmente desde el restablecimiento de la democracia en 1983, han encontrado en la Cancillería Argentina un instrumento extremadamente apto para la gestión de la política exterior nacional. Como consecuencia de ello, la Cancillería y sus funcionarios se han convertido en interlocutores permanentes de las principales fuerzas políticas de nuestro país, que buscan interiorizarse de los múltiples aspectos de la política exterior. Simultáneamente, se han constituido, también, en referentes que garantizan la prosecución de los intereses nacionales de largo plazo por parte de los diversos gobiernos que se han sucedido en el poder y, confiamos, de los que lo asuman en el futuro..
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